Pilar 2 y su impacto en el sistema fiscal internacional y en Precios de Transferencia
Categorias: - febrero 12, 2026
En 2021, más de 130 países alcanzaron un acuerdo considerado histórico: la creación de un impuesto mínimo global del 15% aplicable a grandes multinacionales, conocido como Pilar 2 del Proyecto BEPS de la OCDE. El objetivo central era frenar la elusión fiscal y limitar la competencia a la baja en materia de imposición corporativa. Sin embargo, decisiones recientes adoptadas en la OCDE han modificado significativamente el alcance y la coherencia del acuerdo original, especialmente tras la exención práctica concedida a las multinacionales estadounidenses.
El Pilar 2 establece que los grupos multinacionales con ingresos consolidados iguales o superiores a 750 millones de euros deben tributar, en cada jurisdicción donde operan, una tasa efectiva mínima del 15%. Para ello se diseñó un conjunto de reglas coordinadas entre sí, mismas que se detallan a continuación:
- Income Inclusion Rule (IIR), que permite gravar rentas insuficientemente gravadas en el extranjero.
- Undertaxed Payments Rule (UTPR), que actúa cuando la IIR no puede aplicarse.
- Qualified Domestic Minimum Top-up Tax (QDMTT), que faculta a las jurisdicciones a recaudar un impuesto complementario. La finalidad era garantizar una tributación efectiva uniforme sin importar dónde se generarán los beneficios.
La posición de Estados Unidos
Desde las primeras negociaciones, Estados Unidos adoptó una postura ambivalente frente al Pilar 2. Aunque la administración de Joe Biden apoyó el acuerdo, el Congreso nunca lo ratificó. Posteriormente, con el regreso de Donald Trump a la presidencia, la oposición se volvió categórica. Esto condujo a que más de 145 jurisdicciones del Marco Inclusivo acordaran introducir una exención dentro del impuesto mínimo global para países que cuenten con un sistema alternativo de tributación mínima. En la práctica, solo Estados Unidos cumple actualmente con los criterios establecidos, por lo que sus multinacionales quedan exentas de la aplicación directa del Pilar 2 y se reconoce al régimen GILTI[1] como un mecanismo sustituto, incluso cuando no se encuentra plenamente alineado con la arquitectura técnica de las reglas GloBE[2].
Este cambio tiene efectos significativos como los siguientes:
- Las multinacionales estadounidenses no deberán cumplir con todas las obligaciones de reporte, cálculos y ajustes que enfrentan los grupos de otras jurisdicciones.
- Se crea una ventaja competitiva para las empresas con matriz en Estados Unidos.
- Se erosiona el principio de neutralidad y uniformidad que justificó el acuerdo global. La Unión Europea, por su parte, ya incorporó el Pilar 2 mediante una Directiva de obligatorio cumplimiento, lo que genera tensiones jurídicas y económicas ante la coexistencia de un régimen plenamente aplicable dentro del bloque y una exención para la mayor economía del mundo.
La OCDE ha presentado este nuevo entendimiento como una decisión histórica destinada a aportar estabilidad y certeza al sistema tributario internacional, acompañada de un paquete técnico orientado a simplificar cálculos, armonizar incentivos fiscales y facilitar la implementación. No obstante, desde una lectura crítica, el Pilar 2 parece evolucionar hacia un multilateralismo fiscal de dos niveles:
- Por un lado, los países obligados a aplicar reglas comunes y complejas.
- Por otro, Estados Unidos, cuyo sistema alternativo recibe reconocimiento internacional.
En consecuencia, el impuesto mínimo global pierde parte de su esencia como estándar universal.
Impacto en Precios de Transferencia
La información requerida por el Pilar 2, tasas efectivas por jurisdicción, conciliaciones contables y análisis de rentabilidad global, se superpone en gran parte con la información analizada en los reportes de Precios de Transferencia, como el Country by Country Report (CbCR), el Local File y los estados financieros. Para los grupos sujetos al impuesto mínimo global, los ajustes de Precios de Transferencia pueden influir directamente en la determinación del impuesto complementario. Para los grupos exentos, esta interacción desaparece, generando distintos niveles de monitoreo por parte de las autoridades fiscales.
El ajuste del Pilar 2 también tiene efectos relevantes en el ámbito de los Precios de Transferencia. Ambos regímenes funcionan hoy como engranajes interdependientes: Precios de Transferencia determina la asignación geográfica de utilidades, mientras que el Pilar 2 establece la tributación mínima sobre dichas utilidades. Cuando este último deja de aplicarse de manera uniforme, el equilibrio técnico entre ambos se ve afectado.
La exención concedida a Estados Unidos rompe la simetría prevista y genera diferencias entre grupos multinacionales según su país de residencia. Los que están sujetos al Pilar 2 deberán afrontar cálculos de tasa efectiva, mayores exigencias de sustancia, revisiones de políticas intragrupo y reportes adicionales. En cambio, las multinacionales estadounidenses no enfrentarán estas obligaciones, lo que crea incentivos fiscales diferenciados y podría influir en sus decisiones respecto de precios intragrupo, localización de funciones estratégicas, manejo de intangibles y estructuras financieras internas.
Antes del Pilar 2, la planificación fiscal basada en trasladar beneficios a jurisdicciones de baja tributación se sustentaba principalmente en esquemas de Precios de Transferencia. Con la llegada del impuesto mínimo global, se esperaba que esta práctica perdiera atractivo. No obstante, la exclusión de ciertos grupos multinacionales revaloriza nuevamente los controles tradicionales de Precios de Transferencia. En este contexto, las administraciones tributarias volverán a enfocarse en auditorías de márgenes, revisiones de sustancia económica real, cuestionamientos de entidades sin personal ni funciones y análisis de intangibles y riesgos.
En América Latina, donde varios países planeaban apoyarse en el Pilar 2 como herramienta adicional de control tributario, el panorama cambia significativamente. Muchas multinacionales, especialmente estadounidenses, no tendrán que pagar el impuesto mínimo del 15%, lo que devuelve a los regímenes de Precios de Transferencia su rol predominante en la protección de bases imponibles. El análisis de discrepancias entre funciones declaradas y rentabilidad, basado en el CbCR y documentación de Precios de Transferencia, será crucial en las fiscalizaciones.
Conclusión
El Pilar 2 nació como una respuesta coordinada y ambiciosa a los desafíos de la fiscalidad internacional en un entorno globalizado y digital. Sin embargo, la exención concedida a Estados Unidos, debilita la coherencia, la uniformidad y la equidad del sistema originalmente concebido.
Más que representar el fin del impuesto mínimo global, este cambio marca su transición hacia un régimen asimétrico, en el que la búsqueda de consenso ha prevalecido sobre la aplicación homogénea de las reglas. El desafío, de aquí en adelante, será determinar si este modelo puede sostenerse en el largo plazo o si terminará reabriendo espacios para nuevas formas de competencia fiscal entre países.
En este contexto, Precios de Transferencia recuperan un papel central en la protección de las bases tributarias, especialmente ante la coexistencia de grupos multinacionales plenamente sujetos al impuesto mínimo global y otros que quedan exentos. Esta dualidad introduce complejidad adicional, posibles riesgos de doble imposición y mayores exigencias tanto para las administraciones tributarias como para las empresas. La tarea será encontrar un equilibrio que preserve la coherencia del sistema fiscal internacional sin comprometer la estabilidad ni la competitividad económica.
[1] GILTI (Global Intangible Low-Taxed Income) es un régimen fiscal creado por Estados Unidos en 2017.
[2] GloBE (Global Anti-Base Erosion Rules) es el conjunto de reglas técnicas del Pilar 2 de la OCDE, que implementan el impuesto mínimo global del 15%.