Resoluciones varias del SRI

Categoría: Tips - diciembre 14, 2018

En el Registro Oficial No. 348 de octubre 16 del 2018, se publicaron las siguientes Resoluciones emitidas por el Servicio de Rentas Internas (SRI):

 

Procedimiento para que los Sujetos Pasivos Autoricen en Línea la Ejecución de sus Trámites a Terceras Personas (Resolución NAC-DGERCGC18-00000410)

Los sujetos pasivos podrán autorizar mediante el portal web del SRI, la ejecución de sus trámites a terceras personas, salvo en los casos en los que se cuente con poder legalmente otorgado.

Previamente, se deberá firmar el acuerdo de responsabilidad y uso de medios electrónicos.

Lo indicado será aplicable a partir del momento en el cual SRI implemente los mecanismos tecnológicos necesarios dentro del primer trimestre del ejercicio fiscal 2019.

 

Reforma a la normativa secundaria que dispone como requisito la copia de la cedula de ciudadanía o de identidad y del certificado de votación (Resolución NAC-DGERCGC18-00000411)

Mediante esta resolución el Servicio de Rentas Internas resuelve “Reformar la normativa secundaria que dispone como requisito la copia de la cédula de ciudadanía o de identidad y del certificado de votación”, y establece que en todos los actos en los que se requiera la copia de la cédula de ciudadanía, identidad o certificado de votación, se entenderá cumplido dicho requerimiento con la sola presentación de los referidos documentos.

 

Certificado de residencia fiscal para sociedades (Resolución NAC-DGERCGC18-00000413)

El Servicio de Rentas Internas resuelve “efectuar la siguiente reforma a la resolución No. NAC-DGERCGC16-00000091, publicada en el suplemento del Registro, esto es, incluir al final del artículo 2 lo siguiente:

“Las sociedades podrán obtener el certificado en cuestión a través de la presentación en línea del Formulario de Solicitud de Certificado de Residencia Fiscal, de acuerdo a las especificaciones que el Servicio de Rentas Internas ponga a disposición de la ciudadanía en su portal web institucional www.sri.gob.ec

 

La reforma establecida en el presente acto normativo será aplicable a partir del momento en el cual el SRI ponga a disposición la posibilidad de presentar en línea el formulario en cuestión. Para este efecto, el SRI deberá incorporar los mecanismos tecnológicos necesarios dentro del primer semestre del ejercicio fiscal 2019.

 

Procedimiento para la Inscripción en línea, en el Registro Único de Contribuyentes (RUC), de Personas Naturales y Sociedades (Resolución NAC-DGERCGC18-00000417)

Los siguientes contribuyentes no podrán utilizar el servicio en línea para la inscripción en el RUC de personas naturales:

  • Que realicen actividades económicas de transporte, educación o salud;
  • Que no posean una cédula de identidad vigente otorgada en el país;
  • Que requieran incorporarse al RISE; y,
  • Aquellas que consten en la guía del contribuyente publicada en el portal web institucional.

 

Personas Naturales nacionales y extranjeras que posean cédula de ciudadanía o identidad ecuatoriana, podrán realizar la inscripción en línea en el RUC, para lo cual deberán:

  • Solicitar la clave de usuario para uso de medios electrónicos.
  • Ingresar la información correspondiente a su registro en el portal web institucional.
  • Una vez recibida y validada la información enviada por los sujetos pasivos, el SRI generará, de ser el caso, el respectivo número de RUC.

Las sociedades constituidas o establecidas en el Ecuador de acuerdo al ordenamiento jurídico vigente realizarán el proceso de inscripción en línea en el RUC, a través de sus respectivos organismos de control, quienes de conformidad con los lineamientos técnicos y operativos establecidos para el efecto, comunicarán al Servicio de Rentas Internas respecto de los actos de aprobación que fueren de su competencia.

Se deroga resolución No. NAC-DGERCGC14-00777, publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 351 del 09 de octubre del 2014.

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