Obligaciones empresariales Septiembre 2021

Categoría: Tips - septiembre 1, 2021

Ver video obligaciones septiembre: https://youtu.be/VuffJD2EvdE

Obligaciones empresariales y tributarias que deben observar las sociedades y personas naturales, a partir o durante el mes de septiembre de 2021:

1. Pago del impuesto predial rural: Hasta septiembre 1, los propietarios o poseedores de predios situados fuera de los límites de las zonas urbanas, deben pagar la segunda cuota del impuesto a los predios rurales por el año 2021, ante la municipalidad donde se encuentre ubicado el bien inmueble.

 

2. Declaración y pago de regalías a la actividad minera: Entre septiembre 10 y 28, según el noveno dígito del RUC, los titulares de derechos mineros que realicen labores de explotación de estos recursos, deberán declarar y pagar las regalías a la actividad minera. Dicha declaración se realiza de forma semestral, en los meses de septiembre (I semestre) y marzo (II semestre) de cada año, mediante formulario 113 de “Declaración de regalías a la actividad minera”. 

Para el pago de regalías a la actividad minera, no serán aplicables las compensaciones ni notas de crédito tributarias o certificados de abono tributario.

 

3. Registro en línea del pago de la décimo cuarta remuneración: Hasta septiembre 10, los empleadores cuyo noveno dígito de RUC sea 1, 2, 3, 4 y 5, deben registrar mediante el sistema de salarios en línea del Ministerio del Trabajo, el pago de la décimo cuarta remuneración o “bono escolar”, respecto de sus trabajadores bajo relación de dependencia, que laboran en las regiones Sierra y Amazónica. 

Mientras que, los empleadores cuyo noveno dígito de RUC sea 6, 7, 8, 9 y 0, lo deberán efectuar entre septiembre 13 y octubre 8.

 

4. Reportar información de ventas a crédito: Hasta septiembre 10, las compañías sujetas al control y vigilancia de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, que dentro de sus actividades realicen ventas a crédito con o sin intereses, deberán suministrar la información sobre dichas operaciones al Registro de Datos Crediticios que forma parte del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos.

 

5. Pago de contribución a la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros: Hasta septiembre 30, las compañías y entidades sujetas a la vigilancia y control de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, deberán pagar ante las instituciones financieras autorizadas por la entidad, la contribución anual que se determinará sobre la base de sus activos reales, de acuerdo con la tabla progresiva establecida en la Resolución SCVS-INAF-DNF-2021-00000878 (R.O.395-S, 22-II-2021):

Por única vez, sin necesidad de trámite previo, las sociedades que depositen al menos el 50% de la contribución que le corresponde, en la fecha antes mencionada, tendrán derecho a cancelar el otro 50% hasta diciembre 31 de 2021, sin lugar a recargo ni penalidad alguna.

Las compañías y entidades cuyos activos reales sean iguales o inferiores a USD 75 mil en sus estados financieros del ejercicio 2020, se fijará la contribución con tarifa USD 0,00 para el año 2021 y no se les emitirá título de crédito.

 

6. Contratación de auditoría externa: Las sociedades sujetas al control y vigilancia de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, se encuentran obligadas a contratar auditoría externa anual, hasta 90 días antes de la fecha de cierre del ejercicio económico, en los siguientes casos: 

  1. Las sucursales de compañías o empresas extranjeras organizadas como personas jurídicas que se hubieran establecido en Ecuador, siempre que sus activos excedan los USD 100 mil.
  2. Las compañías nacionales anónimas, de responsabilidad limitada y sociedades por acciones simplificadas, cuyos montos de activos excedan los USD 500 mil.
  3. Las compañías sujetas al control y vigilancia de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, obligadas a presentar balances consolidados.

Adicionalmente, se deberá informar a la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros los datos del auditor contratado, en el plazo de 30 días contados desde la fecha de la contratación.

Descarga