Excepciones aplicación acuerdos de preservación de fuentes de trabajo y reducción emergente de jornada laboral

Categoría: Tips - septiembre 18, 2020

 

Mediante Acuerdo MDT-2020-171, de septiembre 9 del 2020, el Ministerio del Trabajo expidió las excepciones para la aplicación del Capítulo III de la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario para combatir la crisis sanitaria derivada del COVID-19 (LOAH), relativo a las medidas para apoyar la sostenibilidad del empleo, conforme lo siguiente:

  • Los empleadores no podrán disminuir la remuneración del trabajador mediante acuerdos para la preservación de fuentes de empleo, ni en aplicación de la reducción emergente de la jornada laboral, cuando se trate de los siguientes trabajadores:
  1. Persona con discapacidad, acreditada por el CONADIS y/o el Ministerio de Salud Pública.
  2. Sustituto laboral de persona con discapacidad, acreditada por el Ministerio del Trabajo.

 

  • Para el efecto, el trabajador que tenga la condición de persona con discapacidad, o se encuentre calificado como sustituto laboral, deberá notificar a su empleador los documentos que avalen tales condiciones, según el caso, en un término de 7 días desde que haya sido notificado con el acuerdo o reducción de jornada. Caso contrario, no podrá acogerse a las excepciones previstas.

 

  • Se podrán suscribir nuevos acuerdos de preservación de fuentes de empleo de conformidad con la LOAH, siempre que no disminuyan la remuneración de los trabajadores mencionados en este acuerdo

 

  • Los acuerdos suscritos con anterioridad al Acuerdo MDT-2020-171, que prevean la disminución de la remuneración de los trabajadores mencionados en este acuerdo, quedarán sin efecto a partir de la siguiente remuneración

 

  • Las reducciones de jornada aplicadas, que hayan reducido la remuneración del trabajador con discapacidad o sustituto laboral,  se sujetarán a lo mencionado en el acuerdo, a partir de la siguiente remuneración

Lo anterior no acarreará ningún efecto retroactivo para el empleador.

El presente acuerdo entró en vigencia a partir de su suscripción, esto es, septiembre 9 del 2020.

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