Beneficios tributarios para proyectos ecológicos

Categorias: - junio 3, 2024

 

1. Beneficios Tributarios:

Actualmente, el Ecuador ofrece una variedad de beneficios tributarios en los que constan beneficios a favor de proyectos ecológicos, de acuerdo con lo dispuesto en el número 21 del artículo 10 de la LRTI descrito a continuación:

Deducción adicional del 100% por: donaciones, inversiones y/o patrocinios que se destinen a favor de programas, fondos y proyectos de prevención, protección, conservación, bioemprendimientos, restauración y reparación ambiental.

 

2. ¿Quién puede acogerse a este beneficio?

Podrán acogerse a este beneficio tributario todas las personas naturales o jurídicas que realicen donaciones, inversiones y/o patrocinios a programas ambientales, siempre y cuando los proyectos ecológicos sean realizados o se vayan a desarrollar dentro del territorio ecuatoriano.

 

3. ¿Ante qué entidad se deben justificar los proyectos ecológicos?

La entidad encargada de calificar y autorizar los proyectos ecológicos en el Ecuador es el Ministerio de Ambiente, Agua y Transición Ecológica.

Por lo que, para poder acceder a este beneficio tributario, el proyecto correspondiente deberá ser calificado y, el donante y/o empresa deberá certificarse como tal, ante dicha cartera de Estado.

* Consideración especial: Previo a la emisión de la certificación se deberá contar con el dictamen favorable del Ministerio de Economía y Finanzas, quien emitirá un rango o valor máximo global anual de aprobación de proyectos, con el fin de establecer el impacto fiscal correspondiente.

 

4. Requisitos para acceder a este beneficio:

Calificación del proyecto:

  • Solicitud de calificación.
  • Cronograma que incluya presupuesto y proyección del financiamiento.
  • Permisos y/o autorizaciones ambientales aplicables al proyecto.
  • Hoja de vida y trayectoria de organizadores y participantes del proyecto.
  • Declaración juramentada de veracidad de la información.

 

Certificación para donantes y/o empresas:

  • Formulario de certificación.
  • Informe del titular del proyecto detallando detalle las donaciones, patrocinios o inversiones.
  • Contrato o convenio notariado de donación, patrocinio o inversión entre el organizador y el beneficiario.
  • Documento de cuota de disponibilidad del techo disponible para cada categoría ambiental vigente.
  • Declaración juramentada del donante y/o empresa; y del organizador del proyecto.