TIPS 34 – Norma para la prevención y atención de casos de discriminación, violencia y acoso laboral en el sector privado
Categoría: Tips - septiembre 1, 2025
En agosto 22 de 2025, el Ministerio de Trabajo expidió el Acuerdo Ministerial MDT-2025-102, mediante el cual se establecen los siguientes aspectos relevantes:
- La norma es obligatoria para empleadores y trabajadores del sector privado, aplicándose tanto en las instalaciones de la empresa como en viajes, eventos y medios digitales.
- Se establecen medidas de protección a las víctimas, tales como (i) Ausencia de represalias; (ii) Confidencialidad; (iii) Separación de la víctima o del presunto agresor, cuando corresponda. Además, el protocolo deberá contemplar como mínimo los ejes de prevención, identificación, atención y seguimiento.
- También se prohíbe exigir requisitos discriminatorios en la contratación, como, por ejemplo, estado civil, embarazo, edad, religión, VIH, antecedentes, entre otros y se reconoce el derecho a la desconexión digital, salvo excepciones.
- Los empleadores deben: (i) Elaborar y registrar un Protocolo Interno de Prevención y Erradicación de la Discriminación, Violencia y Acoso; (ii) Implementar un Programa de Prevención de Riesgos Psicosociales cuando cuenten con más de diez trabajadores; (iii) Justificar documentadamente las medidas adoptadas.
- Los empleadores tienen sesenta días para adecuarse a lo dispuesto en la norma. El incumplimiento de las obligaciones establecidas en la norma acarrea sanciones administrativas, de acuerdo con la normativa vigente.
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