TIPS 03-2023 Ley Orgánica para Impulsar la Economía Violeta
Categoría: Tips - enero 25, 2023
En enero 20 de 2023, entró en vigencia la Ley Orgánica para Impulsar la Economía Violeta mediante su publicación en el Primer Suplemento del Registro Oficial No.234. A continuación, un resumen con las principales reformas normativas en el aspecto tributario y laboral:
1. Reforma a la Ley de Régimen Tributario Interno
Será deducible hasta un 140% adicional de la base imponible del impuesto a la renta los gastos efectuados por concepto de remuneraciones y beneficios sociales que constituyan materia gravada para la aportación a la Seguridad Social destinadas a la creación de una nueva plaza de trabajo para la contratación de mujeres.
Dicha deducción no será acumulable con las deducciones adicionales referidas en el numeral 9 del art.10 de la Ley de Régimen Tributario Interno, por pagos de:
- Sueldos y remuneraciones en general, beneficios sociales, participación de trabajadores en utilidades, indemnizaciones, bonificaciones sociales, erogaciones por actas transaccionales y sentencias, aportes al IESS, asistencia médica, capacitación, etc.
- Deducción adicional del 150% por remuneración y beneficios sociales a favor de discapacitados o trabajadores con cónyuge o hijos discapacitados.
- Compensación económica para alcanzar salario digno.
El incentivo podrá seguir siendo aplicado por los empleadores interesados incluso en casos de terminación de la relación laboral, siempre y cuando se contrate otra trabajadora en las mismas condiciones salariales y contractuales.
Se aplicará en función del tiempo de permanencia de la trabajadora en la plaza de trabajo:
El tiempo de permanencia podrá ser acumulable hasta por tres (3) ejercicios fiscales, conforme al siguiente detalle:
2. Reformas al Código del Trabajo
- Se prohíbe a los empleadores exigir y/o requerir en los procesos de selección cualquier elemento diferenciador que no corresponda a las competencias y capacidades necesarias para el puesto de trabajo.
- Se implementa la igualdad en las remuneraciones para trabajos de igual valor. Se considera trabajo de igual valor cuando la naturaleza de las funciones, condiciones profesionales y laborales en las que se llevan a cabo son equivalentes.
- La licencia con remuneración por maternidad consistente en el otorgamiento de (12) semanas para el cuidado del hijo/a recién nacido podrá ser compartido hasta un máximo del 75% con el padre.
- La madre lactante tendrá una licencia con remuneración por el período de lactancia durante (12) meses contados a partir del parto. La jornada laboral de la madre lactante será de 6 horas. La forma en la que se goce la licencia podrá ser determinada de común acuerdo con el padre.
3. Reformas a la Ley de Pasantías del Sector Empresarial
- Únicamente para efectos del cumplimiento de los porcentajes mínimos de inclusión de pasantes en cada empresa, se considerará a los estudiantes en formación dual, sin que esto implique incluirlos en el régimen civil de pasantías.
- La contratación de personas de género femenino tendrá un 0.5 adicional a la sumatoria personal para efectos del cumplimiento de los porcentajes mínimos de inclusión de pasantes
4. Reformas a la Ley de Compañías
Todos los tipos de sociedades que conformen directorios con (3) o más integrantes deberán incluir una persona con género femenino por cada (3) integrantes.
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