Previsiones empresariales marzo
Categoría: Tips - julio 7, 2018Previsiones empresariales marzo
Obligaciones empresariales y tributarias que deben observar las sociedades y personas naturales, a partir o durante marzo de 2018:
1.- Pago del impuesto predial rural: Los propietarios o poseedores de predios situados fuera de los límites de las zonas urbanas, deben pagar la primera cuota del impuesto a los predios rurales, ante la municipalidad donde se encuentre ubicado el bien. El pago se efectuará en dos dividendos: el primero, hasta marzo 1; y, el segundo, hasta septiembre 1, de cada año.
2.- Decimocuarta remuneración: Hasta marzo 15, los empleadores deben entregar a su trabajador una bonificación anual equivalente a un salario básico unificado (SBU) del trabajador en general, vigente a la fecha en que corresponda su pago. El valor a pagar a los trabajadores de la costa y región insular, es de US$386 (Acuerdo Ministerial MDT-2017-0195 del Ministerio del Trabajo, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No.154, de enero 05 de 2018).
3.- Presentación de formulario de pago de la decimocuarta remuneración: De marzo 16 a abril 13 de 2018, los empleadores públicos y privados que cuenten con el noveno dígito del RUC del 1 al 5, deben registrar el formulario que acredite el pago de la decimocuarta remuneración o “bono escolar”, ante el Ministerio del Trabajo, respecto de sus trabajadores bajo relación de dependencia, que laboran en las regiones de la Costa e Insular.
4.- Información trabajadores migrantes: Hasta marzo 22, los empleadores deben cargar los contratos de trabajo e información de sus trabajadores migrantes en la plataforma informática del Ministerio del Trabajo SUIT.
5.- Impuesto a la renta de personas naturales y sucesiones indivisas: El plazo para la declaración anual de impuesto a la renta para las personas naturales y sucesiones es de marzo 10 a marzo 28 según el 9no dígito del RUC, cédula o pasaporte.
6.- Anticipo de impuesto a la renta de personas naturales: En la declaración de impuesto a la renta por el ejercicio 2017, que deben presentar las personas naturales y sucesiones indivisas, obligadas o no a llevar contabilidad, se deberá incluir el cálculo del anticipo de impuesto a la renta para el ejercicio 2018, que debe ser determinado de la siguiente manera:
Los contribuyentes que no están obligados a llevar contabilidad, y los que estando obligadas a llevar contabilidad no realicen actividades empresariales, deben determinar su anticipo en un monto equivalente al 50% del impuesto a la renta del ejercicio anterior, menos las retenciones en la fuente del impuesto a la renta que les hayan sido practicadas en el mismo ejercicio.
Si el contribuyente está obligado a llevar contabilidad, deberá efectuar la suma matemática de los siguientes rubros:
-Patrimonio total: 0.2%
-Total de costos y gastos deducibles: 0.2%
-Activo total: 0.4%
-Total de ingresos gravables: 0.4%
7.- Pago del impuesto a los predios urbanos: Las personas naturales y sociedades propietarias de predios ubicados dentro de los límites de las zonas urbanas, deben pagar el impuesto predial urbano a la respectiva municipalidad de la jurisdicción donde se encuentra ubicado el predio.
Los contribuyentes que paguen este impuesto dentro de la primera quincena de marzo tendrán un descuento del 6%. En tanto que, los pagos efectuados dentro de la segunda quincena de marzo tendrán un descuento de 5%.
8.- Manual de Generación de estructuras y contenido: A partir de marzo 01, las personas jurídicas sujetas al control de la Superintendencia de Bancos y la Superintendencia de la Economía Popular y Solidaria que realicen en forma habitual actividades financieras, deben reportar a la Unidad de Análisis Financiero el “Manual de generación de estructuras y contenido de los reportes de operaciones y transacciones económicas que igualen o superen el umbral legal, para las instituciones del sistema financiero nacional”.
9.- Presentación de la información del Anexo de Activos Monetarios en el exterior (AMX): Las personas naturales y sociedades que mantengan activos monetarios en instituciones financieras del exterior, en forma individual o colectiva, directa o indirecta; y, que cumplan con al menos una de las siguientes condiciones, deben presentar, hasta marzo 30, el Anexo AMX correspondiente a la información del ejercicio fiscal 2015:
a.Al 31 de diciembre el saldo individual o acumulado es igual o mayor a US$100mil
b.En cualquier momento del año registre un saldo mensual promedio igual o mayor a US$100mil;
c.El saldo al final del mes es igual o mayor a US$100mil; ó,
d.Registren en el año transacciones individuales o acumuladas igual o mayor a US$100mil.
10.- Información de accionistas, socios o partícipes: Las personas jurídicas inscritas en el Registro del Mercado de Valores deben presentar ante la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, hasta marzo 31, el domicilio o residencia y la identidad de sus accionistas, partícipes o socios, hasta llegar a la identificación de la última persona natural.
11.- Acreditación de cargas familiares: Hasta marzo 30, los trabajadores y ex trabajadores deben acreditar ante sus empleadores, para la distribución del 5% de la participación en utilidades del ejercicio fiscal 2017.
12.- Anexo de transferencias SWIFT: Hasta marzo 28, las entidades que integran el Sistema Financiero Nacional deben reportar al SRI, la información correspondiente a los meses de noviembre y diciembre de 2017 sobre las transferencias recibidas y enviadas a través de los sistemas de mensajes de la Sociedad de Telecomunicaciones Financieras Interbancarias Mundiales de los Mensajes (SWIFT), correspondiente a la siguiente información:
a)Transacciones efectuadas por éstas o sus clientes, hacia o desde paraísos fiscales; y,
b)Transacciones efectuadas por éstas o sus clientes, hacia o desde países con los cuales Ecuador mantenga vigente un convenio para evitar la doble imposición.
13.- Impuesto 2 por mil anual: Todas las personas naturales o jurídicas que realicen actividades comerciales, bancarias e industriales, en el cantón Guayaquil, deben pagar anualmente, en las ventanillas de la Universidad de Guayaquil, hasta marzo 31 de cada año, el 2 por mil sobre los capitales propios declarados en la respectiva matrícula de comercio, estatuto de constitución o aumento de capital.
14.- Compensación económica para alcanza el salario digno del año 2017: Hasta marzo 31, los empleadores deben pagar la compensación económica por el salario digno, a los trabajadores en relación de dependencia que percibieron ingresos mensuales inferiores al salario digno durante el ejercicio 2017.
15.- Impuesto anual sobre el capital de operación: Quienes ejerzan actividades productivas en la provincia del Guayas, y este afiliadas a una de las cámaras de producción, deben pagar hasta marzo 31 ante la H. Junta de Beneficencia de Guayaquil el Impuesto Anual sobre el capital de operación.
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