Nueva Ley Orgánica de Regulación Contra la Competencia Desleal
Categoría: Noticias - mayo 7, 2025
¿Qué cambia en el sistema ecuatoriano?
La Asamblea Nacional aprobó la nueva Ley Orgánica de Regulación contra la Competencia Desleal, una normativa que transforma el tratamiento jurídico de las prácticas desleales en el país. Esta ley responde a las limitaciones del marco actual, contenido en la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado (LORCPM), que en la actualidad solo permite sancionar conductas desleales si generan efectos en la eficiencia del mercado o lesionan de forma directa el bienestar general o a los consumidores. Entre los cambios mas significativos se encuentran:
- La creación de una acción judicial específica, que permitirá a cualquier persona afectada por un acto de competencia desleal acudir directamente a los jueces de lo civil. Esta acción podrá solicitar la cesación del acto, la rectificación de información falsa, o el resarcimiento de daños y perjuicios, sin necesidad de demostrar que la conducta afectó el mercado en general. Con ello, se agrega una tutela efectiva de derechos particulares que antes quedaban fuera del alcance legal.
- De la mano con lo anterior, la ley establece una diferenciación entre competencia desleal agravada, cuando la conducta afecta el orden público económico, debiendo ser conocida y sancionada por la Superintendencia de Competencia Económica; y competencia desleal simple, referida a daños individuales o entre operadores, que será conocida en vía judicial.
- Otro aspecto central es la ampliación del catálogo de conductas de competencia desleal. La nueva normativa agrega actos como: publicidad comparativa e ilícita; inducción a la ruptura contractual; discriminación comercial; abuso de dependencia económica; prácticas de coacción y aprovechamiento del desconocimiento del consumidor; entre otros; las cuales no estaban desarrolladas en la LORCPM, lo que dificultaba su sanción.
- El procedimiento administrativo sancionador en prácticas desleales también experimenta una transformación sustancial: ahora es más claro y estructurado. La nueva ley establece términos más breves y definidos para cada fase del proceso, lo que agiliza la tramitación de los casos y reduce la incertidumbre. Esta reforma responde a una crítica recurrente al sistema anterior: la excesiva demora en las investigaciones no solo afectaba la eficacia de las sanciones, sino que generaba perjuicios directos a los operadores económicos investigados, quienes debían destinar tiempo, recursos y esfuerzos prolongados a las investigaciones.
En resumen, la nueva Ley Orgánica de Competencia Desleal reemplaza el modelo restrictivo de la LORCPM por uno más amplio, especializado y accesible, que permite actuar frente a un abanico más diverso de conductas, con procedimientos más ágiles, y con una nueva vía judicial que fortalece la defensa de los derechos de operadores económicos y consumidores, lo que representa un cambio estructural en el sistema legal ecuatoriano en materia de competencia.
Por: Nicole Encalada