7 Consideraciones para la presentación efectiva de Precios de Transferencia 2024
Categoría: Tips - abril 15, 2025
1. Monto de transacciones
Revisar todas las transacciones efectuadas con partes relacionadas durante el período fiscal, cuyos montos (US$) a considerar serán por los movimientos de dichas transacciones (no saldos, ni contrapartidas).
Operaciones locales
Verificar si tiene la obligación de reportar operaciones locales (Resolución No. NAC-DGERCGC15-00000455 en su Artículo 3 (Operaciones no Contempladas) y reformada por Resolución No. NAC-DGERCGC23-00000025).
2. Operaciones locales
Verificar si tiene la obligación de reportar operaciones locales (Resolución No. NAC-DGERCGC15-00000455 en su Artículo 3 (Operaciones no Contempladas) y reformada por Resolución No. NAC-DGERCGC23-00000025).
3. Operaciones con partes relacionadas
Presentar AOPR: si ha superado US$ 3 millones en operaciones con partes relacionadas.
Anexo OPR e Informe: Si supera los US$ 10 millones.
Para Casilleros Informativos de Precios de Transferencia del Formulario 101 no existen montos mínimos y máximos para su reporte.
4. Análisis preliminar
Realizar un análisis preliminar sobre las operaciones a reportar para verificar el cumplimiento del principio “Arm’s Length” o de ser el caso realizarse un Ajuste de PT vía Conciliación Tributaria.
5. Límite de decibilidad
Por las operaciones de gastos de regalías, servicios técnicos, servicios administrativos y consultoría; y que no hayan sido sometidas a una Consulta de Valoración Previa (CVP) tendrán solamente hasta un valor equivalente al 5% de los ingresos gravados en el respectivo ejercicio, como límite de deducibilidad.
6. Transacciones absueltas CVP
Aquellas transacciones absueltas por una CVP no se deberán reportar ni en casilleros informativos de PT, ni en Anexo OPR, ni en el Informe Integral de PT, pero sí deberá presentar el Informe de Aplicación de la CVP en la misma fecha que se presenta el Anexo OPR e Informe Integral de PT, mientras tenga validez la CVP.
7. Plazo de presentación
La presentación de Anexo OPR, Informe Integral de Precios de Transferencia se lo deberá realizar en un plazo no mayor a dos meses a la fecha de exigibilidad de la declaración del Impuesto a la Renta.
Junio 2025
Cumplir con todas las obligaciones en materia de Precios de Transferencia, evitará sanciones por presentación tardía o por no presentación de documentación de Precios de Transferencia, así como por información incompleta, inexacta o con errores.
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