Entendiendo el Modelo OCDE y su aplicación en Ecuador

Categorias: - abril 9, 2025 Entendiendo el Modelo OCDE y su aplicación en Ecuador

El Modelo de Convenio de la OCDE establece un marco normativo para evitar la doble imposición, delimitando las competencias fiscales de los Estados en relación con las rentas transnacionales. Su propósito es evitar que una misma renta sea gravada simultáneamente por dos jurisdicciones fiscales, protegiendo a los contribuyentes de cargas fiscales duplicadas. Aunque inicialmente diseñado para los países miembros de la OCDE, su aplicación ha sido adoptada globalmente, incluyendo su versión modificada en el Modelo de Convenio de la ONU.

¿Qué significa en la práctica la doble imposición?

Pensemos en una empresa ecuatoriana que recibe ingresos desde España. Si ambos países reclaman el derecho a gravar esos ingresos sin haber acordado previamente cómo dividir esa potestad, se genera una doble carga tributaria. Esta situación desincentiva la inversión y obstaculiza el comercio internacional. Por eso, los países negocian convenios que determinan con claridad quién grava qué tipo de renta, en qué proporciones y en qué condiciones.

Ecuador ha suscrito 23 convenios para evitar la doble imposición (CDI), superando a sus países vecinos como Colombia (13), Perú (11) y Bolivia (6). Estos acuerdos abarcan diversas fuentes de ingresos, como dividendos, intereses, regalías y ganancias de capital. Además, los CDI definen conceptos técnicos clave y establecen mecanismos para mitigar la doble tributación, ya sea a través del reconocimiento de un crédito tributario en el país de residencia o mediante la exención de ciertos ingresos en uno de los países contratantes.

Modelo OCDE

El Modelo OCDE ofrece una estructura técnica para negociar estos acuerdos. Si bien tiene un formato estándar, permite márgenes de flexibilidad para que los países adapten ciertas cláusulas a sus realidades fiscales. También se acompaña de Comentarios oficiales que explican cada artículo del Modelo y proponen alternativas según los intereses fiscales de los Estados. Esto facilita la interpretación y aplicación uniforme de los CDI.

Riesgos

No obstante, estos tratados no están exentos de riesgos. En la práctica ecuatoriana, la administración tributaria ha identificado estructuras que buscan explotar de forma indebida los beneficios otorgados por los CDI. Entre los esquemas detectados se encuentran pagos realizados a entidades extranjeras carentes de sustancia económica, la utilización de sociedades interpuestas para ocultar al beneficiario efectivo de las rentas, y el fenómeno del «treaty shopping», mediante el cual se interponen vehículos en jurisdicciones con convenio vigente únicamente con el propósito de acceder a condiciones tributarias favorables, sin que exista una actividad económica sustantiva en dicho territorio.

Para contrarrestar estas prácticas, la OCDE desarrolló el Plan BEPS (Base Erosion and Profit Shifting), cuyas acciones buscan proteger la base imponible de los países. La Acción 6, en particular, propone incluir cláusulas antiabuso en los tratados, como el test del beneficiario efectivo o el «principal purpose test», que examinan si el objetivo principal de una estructura es aprovechar los beneficios del tratado sin justificación económica. Estas medidas se han incorporado en el Instrumento Multilateral (MLI), un mecanismo que permite actualizar múltiples CDI simultáneamente, alineándolos con los nuevos estándares internacionales.

Perspectiva ecuatoriana

Desde la perspectiva ecuatoriana, el principio rector es claro: las personas naturales y jurídicas residentes en el país tributan sobre su renta mundial, mientras que los no residentes lo hacen únicamente por sus rentas de fuente ecuatoriana. La residencia fiscal, en términos generales, se define con base en la permanencia física en el país o al tener el núcleo principal de sus actividades o intereses económicos en Ecuador, de forma directa o indirecta.

En conclusión, Ecuador ha logrado una red significativa de convenios para evitar la doble imposición, lo que ha facilitado el comercio y la inversión internacional. A pesar de los riesgos asociados, el Modelo OCDE, junto con las medidas del Plan BEPS y el MLI, han mejorado la protección contra abusos fiscales y establecido un marco más robusto para los CDI. Estos avances permiten a Ecuador mantener un equilibrio entre atraer inversión extranjera y proteger su base imponible.

Por: Angie Flores
Legal Team

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