Línea de crédito “Reactívate Ecuador”

Categoría: Tips - junio 26, 2020

 

En el Registro Oficial Suplemento 225, de junio 16 de 2020, se publicó el Decreto Ejecutivo 1070, que crea el programa de apoyo crediticio, denominado: «REACTIVATE ECUADOR», que tiene como finalidad canalizar recursos públicos, para la implementación de líneas de financiamiento preferenciales que permitan solventar de manera temporal el déficit de capital de trabajo que enfrentan las unidades productivas, de conformidad con lo siguiente:

 

1. El Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca queda facultado a intervenir como constituyente de un fideicomiso para la adecuada canalización de los recursos públicos, debiendo garantizar la implementación efectiva de las líneas de financiamiento preferenciales, bajo los criterios de: i) necesidad; ii) proporcionalidad; iii) seguridad; iv) prudencia financiera; v) priorización de sectores; y, v) optimización, en el uso de los recursos destinados a este programa.

 

2. Son beneficiarios de este programa, los siguientes:

  • Micro empresas (ventas o ingresos brutos iguales o menores a US$300.000);
  • Pequeñas empresas (ventas o ingresos brutos entre US$300.001 y US$1.000.000);
  • Medianas empresas (ventas o ingresos brutos entre US$1.000.001 y US$5.000.000);
  • Artesanos; y,
  • Organizaciones de la economía popular y solidaria

Se podrá acceder a la línea de crédito “Reactívate Ecuador”, a través de las instituciones finacieras públicas, privadas o de la economía popular y solidaria, para cubrir las nóminas y los costos operativos (capital de trabajo), obligaciones vencidas con proveedores y otras obligaciones previstas hasta diciembre 31 de 2020.

Una vez que se garantice la atención preferente a los beneficiarios previamente mencionados, se podrá ampliar su acceso a otras unidades productivas.

 

3. Las unidades productivas que accedan a este programa, durante la vigencia de la operación de crédito, deberán mantener al menos el mismo número de trabajadores contratados a la fecha de solicitud del crédito y no distribuirán dividendos hasta que cancelen la totalidad de la deuda adquirida a través de este programa.

El Decreto 1070 entró en vigencia a partir de su suscripción, esto es, junio 11 de 2020.

 

4. A la fecha, el Banco del Pacífico es el primer banco en ofrecer este crédito. Cada semana se sumarán más bancos y cooperativas. La tasa de interés del préstamo será del 5%, con 36 meses de plazo y 6 meses de gracia.

Quienes podrán acceder al crédito en esta entidad financiera son:

  • Micro empresas: con ventas hasta US$100.000 al año;
  • Pequeñas empresas: con ventas hasta US$1.000.000 al año; y,
  • Medianas empresas: con ventas solo hasta US$2.000.000 al año.

De acuerdo con la publicación del Banco del Pacífico (junio 23 de 2020), los requisitos para acceder al crédito son:

  • Personas Jurídicas (Sociedades):
  1. RUC (solo a no clientes)
  1. Cédula de Representante Legal (solo a no clientes)
  2. Declaración IR 2019
  3. Declaración de IVA último trimestre 2019
  4. Balance General y Estado de Pérdidas y Ganancias al 31 de diciembre 2019 con firma de responsabilidad (Representante Legal y Contador)
  5. Flujo de caja proyectado por el plazo del crédito
  6. Plan de negocios
  7. Antigüedad del negocio- mínimo 2 años
  • Personas Naturales:
  1. Cédula del deudor o cónyuge (solo a no clientes)
  2. RUC/RISE (solo no clientes)
  3. Copia planilla de servicio básico (último mes)
  4. Declaración de impuesto a la renta IR 2019, IVA, RISE (según corresponda)
  5. Antigüedad del negocio – mínimo 2 años
  6. Flujo de caja proyectado por el plazo del crédito
  7. Plan de negocios

En el siguiente enlace, se encontrarán los formatos descargables e información para acceder al crédito “Reactívate Ecuador”.

Link: https://www.bancodelpacifico.com/personas/creditos/creditos/reactivate-ecuador

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