Obligaciones empresariales mayo 2022

Categoría: Tips - abril 29, 2022

Previsiones empresariales mayo

Obligaciones empresariales y tributarias que deben observar las sociedades y personas naturales, a partir o durante el mes de mayo de 2022:

1. Presentación de Anexo de activos y pasivos:Entre mayo 10 y 28, según el noveno dígito de RUC, las sociedades locales y los establecimientos permanentes en Ecuador de sociedades extranjeras, que hayan registrado un total de activos o pasivos en el exterior superior a USD 500 mil, deberán presentar ante el Servicio de Rentas Internas (SRI) el anexo correspondientes a estas cuentas. Para el efecto, se considera el valor neto en libros de los activos; y, el saldo pendiente de pago de los pasivos, ambos a enero 1 de 2021.

Encontrándose obligadas las sociedades, en función del monto de sus activos o pasivos en el exterior, se deberá presentar el anexo respecto del total de sus activos y pasivos, tanto los locales como los del exterior.

Se encuentran exentos de presentar este anexo, entre otros, las compañías de seguros y reaseguros, así como las entidades del sector financiero nacional.

 

2. Presentación del Anexo de Cuentas Financieras de no Residentes (CRS): Entre mayo 10 y 28, según el noveno dígito de RUC, las instituciones de custodia, de depósito, de inversión incluidos los fideicomisos, y las compañías de seguros que se encuentren obligados a la implementación efectiva del Estándar Común de Comunicación de Información y Debida Diligencia, deberán presentar ante el SRI, el Anexo CRS respecto al período comprendido entre enero 1 a diciembre 31 de 2021, en el cual deberán reportar información relativa a: intereses, dividendos, saldos en cuenta, rentas procedentes de determinados productos de seguro, ingresos en cuenta derivados de la venta de activos financieros y otras rentas generadas por activos mantenidos en cuenta, que pertenezcan a personas naturales o sociedades no residentes fiscales en el Ecuador.

 

3. Presentación de la declaración patrimonial de personas naturales: Entre mayo 10 y 28, según el noveno dígito de cédula o RUC, las personas naturales, nacionales o extranjeras residentes en Ecuador, incluyendo las que no desarrollen actividad económica, que a enero 1 de 2022, cuenten con activos totales superiores a 20 fracciones básicas desgravadas de impuesto a la renta (FBD 2022 = USD11.310 x 20 = USD226.200), deberán presentar su declaración patrimonial anual ante el SRI. En esta declaración se considerará la información individual así como el porcentaje que le corresponde de la sociedad conyugal e hijos no emancipados, de ser el caso.

Si la persona obligada a declarar su patrimonio mantiene una sociedad conyugal o unión de hecho, estará obligada a presentar una declaración conjunta, en caso de que sus activos comunes superen 40 fracciones básicas desgravadas de impuesto a la renta (FBD 2022 = USD11.310 x 40 = USD452.400).

El contribuyente que incumpla esta obligación en el plazo establecido para el efecto, será sancionado de acuerdo con el Instructivo para la aplicación de sanciones pecuniarias con multa de USD30 hasta USD1.000.

Por otra parte, los sujetos pasivos que no declaren la información de su patrimonio en el exterior y/o su valor, ocultándolo en todo o en parte, de manera directa o indirecta, serán sancionados con una multa equivalente al 1% del valor total de sus activos o de sus ingresos del ejercicio fiscal anterior, el que sea mayor, por cada mes o fracción de mes de retraso, sin que esta pueda superar el 5% del valor de los activos o del monto de sus ingresos, según corresponda.

 

4. Presentación de Anexo de Incentivos y Beneficios Tributarios del COPCI (ABT):Entre mayo 10 y 28, según el noveno dígito de cédula, pasaporte o RUC, deberán presentar el ABT los sujetos pasivos que durante el ejercicio fiscal 2021 hayan aplicado los beneficios otorgados por el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones (COPCI), específicamente los relacionados con el Impuesto a la Renta, Anticipo del Impuesto a la Renta (voluntario) y el Impuesto a la Salida de Divisas (ISD).

La falta de presentación, la presentación con errores o la presentación tardía de la información, se sanciona con multa de USD30 a USD1.000.

 

5. Presentación de Anexo de Dividendos (ADI): Entre mayo 10 y 28, según el noveno dígito de RUC o cédula, las sociedades nacionales o extranjeras residentes o establecidas en el Ecuador; y, las personas naturales residentes en Ecuador, deberán presentar el ADI ante el SRI, con la siguiente información generada entre enero 1 y diciembre 31 de 2021:

a) Las sociedades residentes o establecidas en Ecuador que distribuyen dividendos deberán incluir la utilidad generada en el 2021; las utilidades de períodos anteriores que a enero 01 de 2021 se encuentren pendientes de distribución; y, los dividendos distribuidos durante el ejercicio 2021. En este caso, el ADI se presentará incluso si no se generó información a reportar.

Para el efecto se entiende por utilidad al valor que se obtiene de restar a la utilidad contable, la participación de trabajadores, el gasto de impuesto a la renta del período y las reservas.

b) Las sociedades y personas naturales residentes en Ecuador beneficiarios de dividendos, deben indicar la información relativa a los dividendos distribuidos a su favor, durante el 2021, por sociedades residentes en el exterior. En este caso solamente se presentará el ADI si en el 2021 se distribuyeron dividendos a su favor.

La falta de presentación, la presentación con errores o la presentación tardía del ADI se sanciona con multa de USD30 a USD1.000.

 

6. Reportar información sobre ventas a crédito: Hasta mayo 10, las compañías sujetas al control y vigilancia de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS), que dentro de sus actividades realicen ventas a crédito, con o sin intereses, deberán suministrar la información sobre dichas operaciones al Registro de Datos Crediticios que forma parte del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos.

 

7. Pago del Impuesto Predial Urbano:Hasta mayo 15, las personas naturales y sociedades propietarias de predios ubicados dentro de los límites de las zonas urbanas, deben pagar el impuesto predial urbano por el año 2022 a la respectiva municipalidad de la jurisdicción donde se encuentra ubicado el predio.

Los contribuyentes que paguen este impuesto dentro de la primera quincena de mayo tendrán un descuento del 3%. Los pagos efectuados dentro de la segunda quincena de mayo tendrán un descuento del 2%.

8. Presentación del pago de utilidades:A partir de mayo 16, los empleadores deberán registrar el pago de la participación a trabajadores por el año 2021, a través del sistema de salarios en línea del Ministerio del Trabajo, de acuerdo con el siguiente cronograma:

Sin embargo, cuando por fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobado, el empleador no pueda cumplir con la obligación de registrar el pago de acuerdo al cronograma establecido, tendrá un plazo de 90 días, contados a partir de la fecha en la que debió realizar el pago.

 

9. Actualización de Manual de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento de Delitos (MPLD): A partir de mayo 31 de 2022, las compañías que actualmente cuenten con el MPLD deberán actualizarlo. Asimismo, los sujetos obligados que no cuenten con el MPLD deberán registrarlo en línea, previo a la aprobación de la junta general de socios o accionistas, sin perjuicio de que la SCVS pueda requerirlo en cualquier momento para su revisión y control.

 

10. Calificación de oficial de cumplimiento: A partir de mayo 31, los oficiales de cumplimiento se calificarán en línea a través del portal web de la SCVS, incluyendo a los oficiales de cumplimiento registrados ante la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE). De conformidad con las Normas de Prevención de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y otro Delitos, los oficiales de cumplimiento deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  • Hoja de vida professional
  • Estar en pleno goce de sus derechos políticos
  • Tener mayoría de edad
  • Aprobar el curso de capacitación, virtual o presencial, establecido por la UAFE
  • Poseer título de tercer nivel como tecnólogo, economista, ingeniero comercial, gestión empresarial, auditor, contador u otras carreras afines, o tener experiencia comprobada de haber ejercido como oficial de cumplimiento, por el lapso mínimo de un año
  • Copia certificada del acta de junta general de socios o accionistas, o del órgano administrativo estatutario competente, que lo designó como oficial de cumplimiento

 

11. Pago de Impuestos a los Vehículos Motorizados (IVM):Hasta mayo 31, los propietarios de vehículos de uso particular, cuyo último dígito de placa sea 4, deberán efectuar el pago del IVM ante las instituciones financieras autorizadas por el SRI.

 

12. Pago del impuesto del 1.5 por mil sobre los activos: Hasta 30 días después de la fecha límite para la declaración del impuesto a la renta, las sociedades nacionales o extranjeras, domiciliadas o con establecimiento en la respectiva jurisdicción municipal, deberán pagar ante la municipalidad en donde mantenga su domicilio o sucursal, el impuesto del 1.5 por mil sobre los activos totales del ejercicio 2021.

Para efectos del cálculo de la base imponible de este impuesto, se podrán deducir las obligaciones de hasta un año plazo y los pasivos contingentes.

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